La SCJN acepta impugnación del PAN contra ley de ciberacoso en Puebla

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ha aceptado a trámite la acción de inconstitucionalidad. Fue interpuesta por el Partido Acción Nacional (PAN). La impugnación va contra la polémica Ley de Ciberasedio de Puebla. Sin embargo, la Corte ha aclarado que la normativa no es electoral. Esto marca un precedente importante en el ámbito legal mexicano.
El expediente número 75/2025 fue tramitado. Lo promovió Jorge Romero, dirigente nacional del PAN. La notificación de la Corte se dio este 16 de junio. Un estudio preliminar se realizó sobre la norma impugnada. Se trata del artículo 480 del Código Penal. La SCJN advierte que no es una ley electoral.
El documento detalla la reserva del caso. Serán los nuevos magistrados quienes lo resolverán. La integración futura del Alto Tribunal es clave. Esto asegura una revisión exhaustiva de la ley. La Constitución, en su artículo 105, limita acciones de inconstitucionalidad. Los partidos solo pueden impugnar leyes electorales.
El inciso f de la fracción II lo especifica. Partidos registrados nacional y localmente pueden hacerlo. Esto es a través de sus dirigencias. Exclusivamente es contra leyes electorales. Son expedidas por la Legislatura local. La que les otorgó el registro.
El equipo jurídico del PAN amplió la postura. Explicó que la Corte pidió no ser restrictivos. Esto es con la interpretación de la ley. Sobre quiénes pueden tramitar esta medida. El objetivo es invalidar dicho artículo. El PAN busca anular la definición de ciberasedio.
El Congreso local aprobó la ley el 12 de junio. Esta castiga a quienes, por medios electrónicos, insulten o injurien. También a quienes ofendan, agravien o vejen. Esto con la insistencia necesaria. Busca causar daño o menoscabo. Ya sea en la integridad física o emocional.
Sin embargo, el 11 de julio entró en vigor una reforma. El Congreso la aprobó un día antes. Dicha modificación excluye a funcionarios públicos. También protege críticas y manifestaciones. Las de “interés público” están contempladas.