SAT da respiro a padres de familia: colegiaturas y transporte son deducibles

Con el regreso a clases, llega también una buena noticia para el bolsillo de las familias mexicanas: el Servicio de Administración Tributaria (SAT) reiteró que los pagos por colegiaturas y transporte escolar pueden ser deducidos en la declaración anual de personas físicas, siempre que se cumplan ciertos requisitos.
Este beneficio fiscal aplica para padres, madres o tutores cuyos ascendientes o descendientes en línea recta no perciban ingresos superiores a 41 mil 273 pesos anuales, es decir, una Unidad de Medida y Actualización (UMA) anual.
¿Qué se puede deducir?
El SAT precisa que las colegiaturas en instituciones educativas privadas con validez oficial, así como el transporte escolar obligatorio, son deducibles siempre y cuando se facture correctamente. En caso de que el transporte esté incluido dentro de la colegiatura, deberá estar desglosado claramente en la factura.
Por otro lado, no son deducibles conceptos como inscripción, reinscripción, becas o apoyos económicos.
Límites por nivel educativo
El monto máximo anual deducible depende del nivel escolar de cada estudiante:
• Preescolar: hasta $14,200
• Primaria: hasta $12,900
• Secundaria: hasta $19,900
• Profesional técnico: hasta $17,100
• Bachillerato o equivalente: hasta $24,500
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Para que estas deducciones sean válidas ante el SAT:
• El pago debe realizarse mediante cheque, transferencia electrónica, tarjeta de débito, crédito o servicios.
• Las facturas deben incluir el complemento de servicios educativos, con nombre, CURP, nivel escolar del alumno y clave de validez oficial.
• El uso del CFDI debe ser “Pagos por servicios educativos”.
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