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Reforma a la Ley de Armas permitirá portación a funcionarios de CFE y Pemex

El Senado de México aprobó por unanimidad una reforma histórica a la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos, que permitirá a empleados de empresas paraestatales como CFE, Pemex, SAT y Banxico portar armas. La iniciativa, enviada originalmente por Andrés Manuel López Obrador, busca fortalecer la seguridad nacional ante el aumento de la violencia.

Con 105 votos a favor, la modificación actualiza una ley vigente desde 1972 y se alinea con el Plan Nacional de Seguridad de la presidenta Claudia Sheinbaum. La reforma establece sanciones más duras para portación ilegal, con penas de 4 a 30 años de prisión.

Los seis ejes clave de la reforma

  1. Amplía el control estatal sobre armas, explosivos y sustancias químicas.
  2. Actualiza la clasificación de armamento permitido y restringido.
  3. Define condiciones claras para la posesión legal de armas.
  4. Refuerza facultades de autoridades en materia de seguridad.
  5. Vincula la ley al Plan Nacional de Seguridad.
  6. Permite excepciones para charrería, caza y seguridad privada.

¿Quiénes podrán portar armas?

  • Funcionarios de CFE, Pemex, SAT, Banxico y CNI.
  • Empresas de seguridad privada debidamente registradas.
  • Cazadores y charros (con restricciones específicas).

Sanciones por portación ilegal

  • 4 a 8 años de prisión y multas
  • 7 a 30 años para quienes introduzcan armas prohibidas.
  • 7 a 15 años por uso indebido de armas institucionales.

Aunque el gobierno defiende la medida como un avance en seguridad, expertos advierten riesgos en capacitación y control. La reforma ahora espera su publicación en el Diario Oficial para entrar en vigor.

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