Reforma a la Ley de Armas permitirá portación a funcionarios de CFE y Pemex

El Senado de México aprobó por unanimidad una reforma histórica a la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos, que permitirá a empleados de empresas paraestatales como CFE, Pemex, SAT y Banxico portar armas. La iniciativa, enviada originalmente por Andrés Manuel López Obrador, busca fortalecer la seguridad nacional ante el aumento de la violencia.
Con 105 votos a favor, la modificación actualiza una ley vigente desde 1972 y se alinea con el Plan Nacional de Seguridad de la presidenta Claudia Sheinbaum. La reforma establece sanciones más duras para portación ilegal, con penas de 4 a 30 años de prisión.
Los seis ejes clave de la reforma
- Amplía el control estatal sobre armas, explosivos y sustancias químicas.
- Actualiza la clasificación de armamento permitido y restringido.
- Define condiciones claras para la posesión legal de armas.
- Refuerza facultades de autoridades en materia de seguridad.
- Vincula la ley al Plan Nacional de Seguridad.
- Permite excepciones para charrería, caza y seguridad privada.
¿Quiénes podrán portar armas?
- Funcionarios de CFE, Pemex, SAT, Banxico y CNI.
- Empresas de seguridad privada debidamente registradas.
- Cazadores y charros (con restricciones específicas).
Sanciones por portación ilegal
- 4 a 8 años de prisión y multas
- 7 a 30 años para quienes introduzcan armas prohibidas.
- 7 a 15 años por uso indebido de armas institucionales.
Aunque el gobierno defiende la medida como un avance en seguridad, expertos advierten riesgos en capacitación y control. La reforma ahora espera su publicación en el Diario Oficial para entrar en vigor.